Libres de Mosca de la Fruta regiones de Michoacán, lo que beneficia su competitividad agrícola

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La declaratoria impacta positivamente en alrededor de dos mil 369 hectáreas de mango, mil 945 de toronja, dos mil 440 de ciruela, mil 260 hectáreas de durazno y 850 hectáreas de pera, con una producción estimada en 51 mil 500 toneladas al año y un valor comercial de 136 millones de pesos.

• Los productores que se encuentran en zonas libres y de baja prevalencia, tienen la oportunidad de comercializar sus frutas en condiciones de mayor competitividad, ya que las pueden colocar en mejores mercados, tanto nacionales como internacionales.

En beneficio de productores de mango, toronja, ciruela, durazno y pera de Michoacán, la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación (SAGARPA) declaró como zona de baja prevalencia de moscas de la fruta del género Anastrepha a los municipios de Aguililla, Buenavista, Parácuaro, Zinapécuaro, y a las comunidades de Agua Rosada y Huajumbarito, en el Municipio de Maravatío, y Las Mesas del Municipio de Hidalgo.

La declaratoria publicada hoy en el Diario Oficial de la Federación (DOF) impacta positivamente en alrededor de dos mil 369 hectáreas de mango, mil 945 de toronja, dos mil 440 de ciruela, mil 260 hectáreas de durazno y 850 hectáreas de pera, con una producción estimada en 51 mil 500 toneladas al año y un valor comercial de aproximadamente 136 millones de pesos.

La apertura comercial ha propiciado que las organizaciones de productores, gobiernos estatales y el Gobierno Federal conjunten esfuerzos para establecer la Campaña Nacional contra Moscas de la Fruta, cuyo objetivo es establecer zonas de baja prevalencia de esta plaga de importancia cuarentenaria.

Los productores que se encuentran en zonas libres y de baja prevalencia tienen la oportunidad de comercializar sus frutas en condiciones de mayor competitividad, ya que las pueden colocar en mejores mercados tanto nacionales, como internacionales.

Los técnicos del Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria (SENASICA) constataron la ausencia de la plaga de acuerdo con lo establecido en la Norma Oficial Mexicana NOM-023-FITO-1995, por la que se establece la Campaña Nacional contra Moscas de la Fruta.

De igual manera, el acuerdo establece que para prevenir y proteger a la zona de baja prevalencia se deben aplicar las medidas fitosanitarias establecidas en la NOM-023-FITO-1995, por la que se establece la Campaña Nacional contra Moscas de la Fruta y la NOM-075-FITO-1997, por la que se fijan los requisitos y especificaciones fitosanitarias para la movilización de frutos hospederos de moscas de la fruta.

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