Publican proyecto de aprovechamiento sustentablemente de la pesquería de tiburón y raya

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Emitió el proyecto de modificación de la NOM-029-PESC-2006, pesca responsable de tiburones y rayas. Especificaciones para su aprovechamiento, que promueve la producción sostenible de los tiburones y rayas y contribuye a la conservación y protección de elasmobranquios y otras especies que son capturadas incidentalmente.

• La pesca de tiburones y rayas tiene una importancia económica, alimentaria y social para el país. Además, es fuente de empleos en su fase de captura, manejo, proceso primario de la producción, distribución y comercialización de productos y subproductos pesqueros, así como en las actividades conexas.

• En el marco de la política mundial de ordenación de la pesca, la SAGARPA ha participado y apoyado las gestiones de organismos para fomentar el uso sostenible y protección de las especies de tiburón y en especial la protección de tiburones ballena, peregrino, blanco y sierra; además, de los peces sierra y las mantarrayas gigantes, cuyas poblaciones requieren acciones de protección a nivel internacional.

Con el fin de promover el aprovechamiento racional y sostenible y la conservación de los tiburones y rayas, la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación (SAGARPA) publicó el proyecto de modificación a la Norma Oficial Mexicana NOM-029-PESC-2006 sobre pesca responsable de estas especies.

De acuerdo con el Diario Oficial de la Federación, esta Norma fortalece las acciones emprendidas por el Gobierno Federal para impulsar el aprovechamiento sostenible de los tiburones y rayas, así como contribuir a la conservación y protección de elasmobranquios y otras especies que son capturadas incidentalmente, de conformidad con el Artículo 2o., fracción IV de la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables.

Por ello, precisa el documento divulgado hoy, esta NOM es de observancia obligatoria para los titulares de los permisos, concesiones y autorizaciones de pesca dirigida a tiburones y rayas, así como para quienes capturan dichas especies de manera incidental.

Este proyecto de modificación fue aprobado en la 5a Sesión Ordinaria del Comité Consultivo Nacional de Normalización Agroalimentaria y se somete a consulta pública de conformidad con la Ley Federal Sobre Metrología y Normalización, a efecto de que dentro de 60 días naturales, contados a partir de su publicación en el DOF, los interesados presenten comentarios al citado Comité en la Dirección General de Ordenamiento Pesquero y Acuícola de la Comisión Nacional de Acuacultura y Pesca (CONAPESCA).

La pesca de tiburones y rayas es una importante actividad del sector pesquero por su importancia económica, alimentaria y social. Además, es fuente de empleos en su fase de captura, manejo, proceso primario de la producción, distribución y comercialización de productos y subproductos pesqueros, así como en las actividades conexas.

En estas pesquerías más del 90 por ciento de la producción se destina al consumo nacional, donde proporciona carne de bajo costo. Entre los productos de estas especies que son aprovechados destacan la piel, vísceras y aletas.

La pesquería de tiburón está representada por tres unidades: la ribereña artesanal, que se lleva a cabo en los dos litorales marinos y contribuye con aproximadamente el 40 por ciento de la producción nacional; la de mediana altura, que se realiza en aguas costeras de ambos litorales, y la de altura, que tiene lugar tanto en aguas costeras como en oceánicas dentro de la Zona Económica Exclusiva del Océano Pacífico.

Las pesquerías de mediana altura y de altura contribuyen con aproximadamente el 60 por ciento de la producción nacional de tiburón. En todos los casos se trata de modalidades de explotación de diversas especies de elasmobranquios, propia de mares tropicales y subtropicales.

También existe la pesquería ribereña artesanal de rayas, cuya contribución es de aproximadamente el 30 por ciento de la producción nacional de elasmobranquios y se lleva a cabo en la zona litoral, donde se emplean embarcaciones menores.

De todas las especies de elasmobranquios que se distribuyen en aguas de jurisdicción federal de todo el país, es el grupo de los tiburones el que principalmente sostiene a la pesquería.

De aproximadamente 104 especies con registro de distribución en aguas de jurisdicción federal, son 39 especies las que se presentan con mayor frecuencia en la producción, de la cuales 12 son más abundantes y pertenecen a las familias Alopiidae, Carcharhinidae, Squatinidae, Sphyrnidae y Triakidae.

Para las rayas se reconocen en aguas de jurisdicción federal aproximadamente 85 especies, de las cuales 37 tienen importancia comercial (18 en el océano Pacífico y 14 en el Golfo de México y Mar Caribe). Las más representativas, por su presencia y valor en el mercado, son las Dasyatidae, Myliobatidae, Rhinopteridae, Rhinobatidae y Gymnuridae.

En 1998, la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura (FAO) organizó la Consulta sobre la Ordenación de la Capacidad Pesquera, la Pesca de Tiburón y las Capturas incidentales de Aves Marinas en la Pesca con Palangre, y en el 23o. Periodo de Sesiones del Comité de Pesca de la FAO, efectuado entre el 15 y 19 de febrero de 1999, se aprobó el Plan de Acción Internacional para la Conservación y Ordenación de los Tiburones, el cual es un instrumento de ordenación pesquera internacional de carácter voluntario que tiene por objeto asegurar la conservación y ordenación de los tiburones y su aprovechamiento sostenible a largo plazo.

En el marco de esa política mundial de ordenación de la pesca, la SAGARPA ha participado y ha apoyado las gestiones de diversos organismos para fomentar el uso sostenible y protección de las especies de tiburón y en especial la protección de especies como los tiburones ballena (Rhincodon typus), peregrino (Cetorhinus maximus), blanco (Carcharodon carcharias) y sierra (Pristiophorus schroederi); además de los peces sierra (Pristis pectinata, P. perotteti, y P. microdon) y las mantarrayas gigantes (Manta birostris, Mobula japanica, M. thurstoni, Mobula munkiana, Mobula hypostoma y Mobula. tarapacana), cuyas poblaciones requieren acciones de protección a nivel internacional.

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