Acuerdan Sagarpa y gobiernos estatales acciones para el adecuado control de movilización de productos primarios
Los “Convenios de Coordinación para realizar acciones de verificación e inspección vinculadas al control de la movilización agropecuaria, acuícola y pesquera”, firmados por la SAGARPA con las 32 entidades federativas del país, tienen el propósito de mejorar y proteger los estatus sanitarios de todas las regiones.
Con la finalidad de fortalecer la participación de los gobiernos de los estados en el diseño, implementación, seguimiento y evaluación de las estrategias nacionales para la prevención y mitigación de riesgos de diseminación de plagas y enfermedades, la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación (SAGARPA) firmó convenios de colaboración con todas las entidades del país.
Los “Convenios de Coordinación para realizar acciones de verificación e inspección vinculadas al control de la movilización agropecuaria, acuícola y pesquera”, tienen el propósito de establecer las bases jurídicas necesarias para el adecuado control de la movilización de productos agroalimentarios, con lo cual se mejoran y protegen los estatus sanitarios de todas las regiones del país.
Con estos convenios se impulsa el desarrollo agropecuario y se brinda un marco de planeación multianual estratégico en materia de inspección de la movilización agropecuaria nacional, acciones que lleva a cabo el Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria (SENASICA), en coordinación con los gobiernos estatales y las delegaciones de la SAGARPA en todo el país.
De esta manera, la SAGARPA, a través del SENASICA y sus delegaciones en todos los estados, coordinará acciones con la autoridad estatal para establecer, operar, dar mantenimiento y supervisión a los Puntos de Verificación e Inspección Interna (PVI), a fin de contralar de manera adecuada la movilización agropecuaria.
Para llevar a cabo estas labores, los convenios prevén el desarrollo de la inspección en diferentes sitios ubicados en el origen, tránsito y destino de las mercancías agropecuarias que se movilizan por el país.
Igualmente, consideran la ejecución de procedimientos modernos de verificación, y se faculta a personal de las entidades como oficiales estatales para hacer la inspección y aplicar las medidas fito y zoosanitarias que resulten procedentes, de acuerdo con el marco de derecho previsto en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y la normatividad vigente.
Los convenios otorgan certeza jurídica tanto a las autoridades de los diferentes órdenes de gobierno, como a los usuarios, ya que homologa los criterios, las bases y mecanismos para la operación del control de la movilización de animales, vegetales, sus productos y subproductos, con lo cual se mejora la condición sanitaria estatal y nacional.
En el Diario Oficial de la Federación (DOF) fueron publicados los convenios que se firmaron con Baja California, Chiapas y Puebla, y posteriormente será publicado el resto de los acuerdos.
Los convenios fueron firmados por el titular de la SAGARPA, Enrique Martínez y Martínez, y los gobernadores de las 32 entidades federativas de la República, así como por el director en jefe del SENASICA, Enrique Sánchez Cruz, y los delegados de la SAGARPA en todo el país.
Es importante recordar que el propósito fundamental de las acciones que lleva a cabo la SAGARPA en materia sanitaria es crear las condiciones para que a la mesa del consumidor lleguen alimentos que no afecten su salud.
Para ello, entre otras labores, el SENASICA se encarga de proteger la sanidad agropecuaria, acuícola y pesquera, a través de actividades de verificación e inspección de mercancías agropecuarias, en puntos estratégicos ubicados a los largo del territorio nacional, actividad que se potencia con la participación activa de los gobiernos estatales.
Entre otros temas, el convenio refiere los compromisos tanto de la SAGARPA, como del gobierno estatal, el perfil y actividades del personal oficial estatal que opera los Puntos de Verificación, así como los mecanismos de autorización para la instalación, reubicación o cancelación de los PVI, además de la supervisión y el compromiso que debe cumplir en caso de que se implementara un Dispositivo Nacional de Emergencia de Sanidad Animal o Vegetal.