Declaran zona libre de moscas de la fruta a Tonalá en Chiapas

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La Sagarpa emitió un acuerdo a través del cual se declara como zona de baja prevalencia de moscas de la fruta del género Anastrepha de importancia cuarentenaria a la región sureste del municipio de Tonalá, Chiapas.

En conferencia de prensa, el delegado de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación (Sagarpa) Carlos Pedrero Rodríguez, dijo que con esa declaración “se logra un gran beneficio para los productores de Chiapas”.

Estimó que el acuerdo impactará de manera positiva en alrededor de mil 400 hectáreas de mango, con una producción de 49 mil toneladas, cuyo valor comercial se calcula en 97 millones de pesos en el año.

“El convenio señala que es facultad de la Sagarpa, mediante el Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria (Senasica), declarar zonas de baja prevalencia de plagas que afecten a los vegetales, conforme a los resultados de los muestreos en áreas geográficas determinadas”, expuso.

Refirió que para emitir esa declaración, personal del Senasica mantiene un constante monitoreo para determinar la existencia de moscas de la fruta en la región sureste del municipio de Tonalá en el estado de Chiapas, no obstante, el objetivo es lograr que la entidad sea declarada como libre de esa plaga.

La apertura comercial entre países requiere a las organizaciones de productores y a las autoridades estatales y federales conjuntar esfuerzos para establecer la Campaña Nacional contra Moscas de la Fruta, con el objeto de erradicar ese insecto y de esa manera incrementar la productividad y competitividad de las frutas mexicanas.

Por lo tanto, dijo, la Sagarpa declaró como zona de baja prevalencia de moscas de la fruta del género Anastrepha de importancia cuarentenaria a la región sureste del municipio de Tonalá en el estado de Chiapas, delimitada con los municipios de San Francisco del Mar, Arriaga, Villaflores, Villa Corzo y Pijijiapan.

Para conservar el nuevo estatus, los productores deben aplicar las medidas fitosanitarias contenidas en las NOM-023-FITO-1995 y NOM-075-FITO-1997 que establecen los requisitos fitosanitarios para la movilización de frutos hospederos de moscas.

NTX

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