- La medida tiene como fin mantener la sustentabilidad de la pesquería del crustáceo en aguas marinas de jurisdicción federal.
La Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación (SAGARPA) publicó el Acuerdo por el que se establece veda temporal para la pesca de todas las especies de camarón en las aguas marinas de jurisdicción federal del océano Pacífico, Golfo de California y los sistemas lagunarios estuarinos, marismas y bahías de los estados de Baja California Sur, Sonora, Sinaloa, Nayarit, Jalisco y Colima.
A través de la Comisión Nacional de Acuacultura y Pesca (CONAPESCA), con base en las investigaciones y muestreos biológicos del Instituto Nacional de Pesca (INAPESCA), se aplicará la medida, que tiene el objetivo de mantener la sustentabilidad en el aprovechamiento del crustáceo.
De acuerdo con lo publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF), se establece veda temporal para la pesca de todas las especies de camarón existentes en las aguas de jurisdicción federal del océano Pacífico, en las siguientes zonas y fechas:
I. A partir de las 00:00 horas del 29 de febrero de 2016 en sistemas lagunarios, marismas, esteros, bahías y aguas marinas del Golfo de California hasta los límites entre los estados de Nayarit y Jalisco.
II. A partir de las 00:00 horas del 7 de marzo de 2016 en aguas marinas del océano Pacífico frente a la costa occidental de la península de Baja California, desde la frontera con Estados Unidos hasta Los Cabos, Baja California Sur, ubicado en las coordenadas geográficas 22° 30′ 00” de latitud norte y 109° 54′ 45” de longitud oeste, así como los sistemas lagunarios estuarinos ubicados en Bahía Magdalena-Almejas y esteros adyacentes a Puerto López Mateos, Baja California Sur.
III. A partir de las 00:00 horas del 20 de marzo de 2016 en aguas marinas comprendidas desde los límites entre los estados de Nayarit y Jalisco hasta la frontera con la República de Guatemala.
En la publicación se establece que la SAGARPA dará a conocer, con anticipación, las fechas de conclusión de la veda con base en las investigaciones y muestreos biológicos que realice por conducto del INAPESCA, mediante Acuerdo que se publique en el DOF.
Agrega que las personas que incumplan o contravengan el Acuerdo se harán acreedoras a las sanciones que para el caso establece la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables y demás disposiciones legales aplicables.
También, precisa las medidas a seguir por los productores en los casos en que se mantengan en existencia camarón en sus diferentes formas de conservación, procedente de las zonas en las que aplicará la veda, y para el transporte del crustáceo.
La vigilancia del cumplimiento de este Acuerdo estará a cargo de la Secretaría de Marina y de la SAGARPA, por conducto de la CONAPESCA, en el ámbito de sus respectivas competencias.
El Gobierno Federal aplica la veda como una de sus principales medidas de manejo que contribuyen a proteger los máximos periodos de reproducción y reclutamiento de los organismos. Además, induce la obtención de tallas de mayor valor comercial e incrementar los montos de producción del recurso.
El aprovechamiento del camarón en el litoral del océano Pacífico y Golfo de California es una de las pesquerías comerciales de mayor importancia económica y social que es necesario administrar y regular para asegurar la sostenibilidad de la pesquería en el tiempo y maximizar los beneficios económicos al sector que participa en ésta.